En los últimos días se ha destapado otro de los ya innumerables escándalos en el incorrecto funcionamiento de nuestro sistema judicial y el incumplimiento (aparentemente generalizado o, cuanto menos, no excepcional) de la normativa deontológica (y penal) reguladora de la conducta de jueces y magistrados. No me refiero al escándalo de los gastos del Presidente del Tribunal Supremo--que ya es de por sí especialmente preocupante, sobre todo porque aún no ha dimitido pese a dar a entender que efectivamente sufragó gastos excesivos y de carácter personal con fondos públicos (por más que, en su opinión, se trate de una "miseria": http://tinyurl.com/miseriadedivar).
Sino que me quiero centrar en un escándalo que parece crecer como un cáncer (aunque está en fases incipientes y, por tanto, se puede atajar), que es el de la organización o participación de magistrados en cursos de formación de abogados--a los que algunos aún se permiten el lujo de beneficiar posteriormente, por ejemplo, nombrándoles administradores concursales (véase, un caso quizá un poco extremo, en http://tinyurl.com/magistradoincompatible, en el que "este magistrado organizaba cursos sobre derecho concursal sin solicitar
permiso para ello y llegó a nombrar como administradores concursales en
asuntos pendientes de su juzgado a algunos de sus alumnos").
Se trata de una práctica relativamente extendida--la de participación de magistrados en cursos por
los que perciben importantes remuneraciones (por encima de las
percibidas por académicos y otros profesionales de la formación jurídica
de postgrado) y en los que interactúan con abogados con los que pueden tener asuntos en común en ese momento o poco después--que, desgraciadamente, no está recibiendo una respuesta efectiva por el Consejo General del Poder Judicial, ni siquiera en casos de claro abuso.
En el caso concreto del magistrado que nombró administradores concursales a los alumnos del curso que había organizado, el CGPJ se ha limitado a trasladarle a un nuevo puesto a más de 100 kilómetros de su actual puesto, "adjudic[ando] a este magistrado la vacante existente en el
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Talavera de la
Reina sin posibilidad de obtener otro destino mediante concurso en el
plazo de un año a contar desde la fecha en que tome posesión de esta
plaza".
Honestamente, me parece una sanción absolutamente ridícula para la gravedad de la conducta de conflicto de interés en que ha actuado este magistrado, que "acudió durante varias sesiones a unas jornadas [de formación]
durante su horario de permanencia en el juzgado, sin pedir ni obtener
licencia para ello". De la remuneración adicional y de posibles implicaciones (de potencial prevaricación) en el nombramiento de administradores concursales o en los casos en que actuaba el magistrado, ni una palabra por el CGPJ.
Una vez más, o presionamos por tener un sistema judicial realmente limpio (extirpando lo que sea necesario para que el cáncer no se lo coma vivo, o lo que queda de él--para salvar a la mayor parte de las manzanas, que no están podridas, pero sí rodeadas de podredumbre), o seguiremos siendo el país de pandereta por el que merecemos que nos tomen.